Se abre el plazo para la solicitud de las ayudas para empresas y autónomos puestas en marcha por el Ayuntamiento de Torrelodones, con el objetivo de colaborar con los gastos derivados de la crisis del COVID 19 y ayudar a paliar las consecuencias negativas de la misma.
Pueden solicitarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrelodones
¿Quién puede solicitarlas?
- Los autónomos de alta antes del 14 de marzo de 2020 en el Impuesto de Actividades Económicas como actividad empresarial y cuyo domicilio fiscal se ubique en Torrelodones.
- Las microempresas o pequeñas empresas (de alta antes del 14 de marzo de 2020 en el Impuesto de Actividades Económicas como actividad empresarial y cuyo domicilio fiscal se ubique en Torrelodones) definidas a efectos de esta convocatoria como aquellas empresas con menos de 15 empleados a tiempo total o equivalente a tiempo parcial, y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual no exceda de 1 millón de €.
- En ambos casos deberán ejercer una actividad económica en el término municipal de Torrelodones y comprometerse a mantener la actividad en el año en curso.
- Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria las Asociaciones, Sociedades Anónimas deportivas, las Comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, los Organismos Públicos, las Congregaciones e instituciones religiosas, los locales de Apuestas y Salones de Juego, los Órganos de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas así como aquellas entidades que hayan resultado adjudicatarias de ayudas o subvenciones del Ayuntamiento de Torrelodones durante el ejercicio 2020, salvo renuncia expresa a aquella.
¿Qué tipos de ayudas hay?
Existen 5 modalidades de ayudas de las cuáles sólo la 1 y la 2 son excluyentes (cualquiera de ellas :son compatibles con las demás):
- Modalidad 1: Ayudas de hasta 2.000 € por cese de actividades presenciales o de apertura al público que hayan quedado suspendidas como consecuencia de la entrada en vigor del RD 463/2020 del 14 de marzo y sus sucesivas modificaciones y prórrogas en su caso.
- Modalidad 2: Ayudas de hasta 1.000 € por reducción de la facturación en importe superior al 50% durante el periodo del estado de alarma para empresas creadas antes del 14 de marzo de 2019. Y ayudas de hasta 500 € por reducción de la facturación en importe superior al 50% durante el periodo del estado de alarma para empresas creadas después del 14 de marzo de 2019.
- Modalidad 3: Ayudas de hasta 500 euros a las actividades contempladas en los epígrafes 561 y 563 del CNAE (Hostelería).
- Modalidad 4: Ayudas de hasta 500 euros para la adaptación de los negocios a las medidas de prevención establecidas como consecuencia del COVID 19.
- Modalidad 5. Ayudas de hasta 500 euros a la transformación digital.
¿Qué tengo que presentar para solicitarlas?
En todos los casos, deberá presentarse:
- Modelo normalizado de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante o su representante legal. Descargar aquí.
- Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el del local de desarrollo de la actividad.
- Licencia de actividad.
En caso de persona física, deberá añadir la siguiente documentación:
- DNI o documento acreditativo del solicitante
- Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente.
En caso de personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica:
- NIF de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.
- Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
- DNI o documento acreditativo de la persona administradora y de la persona que presenta la solicitud en caso de no ser la misma.
Además, para cada tipo de modalidad, hay que añadir:
Para la modalidades 1 y 3:
- Declaración Responsable firmada por la persona interesada o representante legal de la persona o entidad solicitante que acredite que su actividad se ha visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo. Descargar aquí.
Para la modalidad 2:
- Declaraciones de IVA correspondientes al segundo trimestre de los años 2019 y 2020. Si no se estaba dado de alta en el segundo trimestre de 2019, todas las declaraciones de IVA presentadas desde su nacimiento y hasta el segundo trimestre de 2020 para poder establecer un promedio.
Para las modalidades 4 y 5:
- Facturas a nombre del autónomo/a o empresa y sus correspondientes justificantes de pago. Descargar aquí.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
30 días naturales a partir del día 7 de agosto, un día después de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Ver publicación bases BOCM - Ver publicación extracto BOCM
¿Cómo entro en la Sede?
Puede utilizar 3 métodos diferentes para identificarse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrelodones y poder presentar la documentación:
- Si dispone de un certificado digital válido puede utilizarlo para acceder a la Sede.
- También puede identificarse con el sistema CLAVE PIN de identidad electrónica para las administraciones aquí.
- Sistema Pin24h del Ayuntamiento de Torrelodones. En este vídeo puede ver cómo funciona el sistema de PIN 24 horas:
¿Puedo solicitar ayuda para más de una modalidad?
Sí. Únicamente son incompatibles la primera y la segunda, ya que la actividad se habrá visto totalmente interrumpida (modalidad 1), o se habrá mantenido con un descenso en la facturación (modalidad 2). El resto de modalidades son compatibles con alguna de las dos primeras, de manera que puede solicitarse ayuda por cierre temporal de negocio, por ejemplo, y ayuda para adaptación del local a las medidas de prevención (compra de mamparas, geles, mascarillas...), y también se podría pedir ayuda para la transformación digital, como sucedería si se ha tenido que comprar un portátil o tablet para gestionar el negocio online, o se contrata la realización de un portal web para la actividad empresarial o profesional.
Descargas
Descargar Solicitud ConvocatoriaDescargar Anexo 1: Declaración ResponsableDescargar Anexo 2: Relación de Facturas y Justificantes de Pago
Ayuda
Si tengo dudas sobre las bases o forma de presentar la solicitud, y no he encontrado la respuesta en esta noticia, ¿Cómo puedo contactar para resolverlas?
En la dirección de correo electrónico siguiente: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.