Las últimas elecciones municipales se celebraron el domingo 26 de mayo de 2019. Cuatro años después, y agotado el ciclo electoral, el artículo 42.3 de la LOREG indica que las elecciones locales o a las Asambleas Legislativas autonómicas “se realizan el cuarto domingo de mayo” y los mandatos “de cuatro años” terminan “en todo caso el día anterior al de la celebración de las siguientes elecciones”. De acuerdo con esta indicación sabemos que el cuarto domingo correspondiente será el día 28 de mayo de 2023.
Las elecciones autonómicas tendrán lugar en 12 comunidades –Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valen-ciana, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja-, además de Ceuta y Melilla, mientras que las elecciones municipales se realizarán en todos los ayuntamientos españoles. Es decir, hay elecciones autonómicas en todos los territorios salvo en Galicia y País Vasco, Cataluña, Andalucía y Castilla y León, donde ha habido comicios entre 2020 y 2022.
Calendario
- 1 de mayo: publicación de candidaturas.
- 12 de mayo: inicio de la campaña electoral.
- 26 de mayo: final de la campaña electoral.
- 27 de mayo: jornada de reflexión.
- 28 de mayo: jornada de votación.
- 17 de junio: constitución de la Corporación y elección del Alcalde.
¿Quiénes pueden votar en las elecciones municipales?
En las elecciones municipales, en las que se elige a los concejales de los municipios, por lo general pueden votar los ciudadanos mayores de edad residentes en España y los extranjeros residentes en el país que pertenecen a la Unión Europea que, sin haber adquirido la nacionalidad española, tengan la condición de ciudadanos de la Unión Europea, reúnan los requisitos para ser elector exigidos para los españoles y hayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en España.
También pueden votar los residentes de terceros países con los que España tiene firmados acuerdos de votación, siempre y cuando soliciten previamente su inscripción en el censo electoral. Los países con los que España ha firmado acuerdos son: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) publicó una nota en la que fijaba el plazo de inscripción en el censo electoral —siempre que se cumpla con los requisitos establecidos por cada acuerdo— entre el 1 de diciembre de 2022 y el 15 de enero de 2023.
Composición de las mesas electorales
El Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Torrelodones celebrado el 29 de abril eligió mediante sorteo, entre las personas menores de setenta años y que sepan leer y escribir, a los miembros de las mesas electorales.
Cada mesa debe estar compuesta, obligatoriamente, por tres personas: un presidente y dos vocales, cada uno de ellos con sus dos respectivos suplentes.
Jornada de votación
Las elecciones municipales tendrán lugar el domingo 28 de mayo, pudiéndose ejercer el derecho a voto en la mesa correspondiente desde las 9:00 hasta las 20:00 horas ininterrumpidamente.
Requisitos para poder votar
Para votar, la persona debe identificarse y, a continuación, introducir su sobre en la urna.
Para dicha identificación sirve el DNI, el Pasaporte o el Permiso de conducir. Pueden estar caducados, pero tienen que ser los originales.
¿Cómo saber en qué colegio debo votar?
Una vez convocadas las elecciones, la Oficina del Censo Electoral envía a cada elector una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral vigente, en la que además se informa de la sección, la mesa electoral, el local electoral en donde le corresponde votar y la dirección del mismo.
Si no recibiese esta carta también se puede consultarlo por Internet, a través de la página web de la Oficina del Censo Electoral sin necesidad de disponer de certificado digital, introduciendo el apellido, la calle en la que vive y el código postal: https://sede.ine.gob.es/consulta_mesas_locales
Mesas electorales en Torrelodones
En las presentes elecciones se ha considerado conveniente ampliar el número de colegios electorales incluyendo Torreforum, con el fin de que los vecinos puedan desplazarse a un colegio electoral más próximo a sus viviendas.
En este nuevo colegio electoral votarán los vecinos cuyas viviendas estén ubicadas en la Sección 3, que básicamente se corresponde con las urbanizaciones de Las Marías, Los Robles y La Berzosilla.
Los colegios electorales y las secciones asignadas a cada uno, así como los electores, son los siguientes:
- Colegio Público Los Ángeles Situado en la plaza de José María Unceta nº 1, con 2.787 electores.
En este colegio electoral les corresponde votar a los electores de las secciones 7 y 10. - Polideportivo Municipal Situado en la Plaza de José María Unceta nº 2, con 2.925 electores.
En este colegio electoral les corresponde votar a los electores de las secciones 1 y 4. - Colegio Público Nuestra Señora de Lourdes Situado en la C/ Nuestra Señora del Carmen nº 10, con 3.796 electores.
En este colegio electoral les correspon-de votar a los electores de las secciones 2 y 5. - Torreforum Situado en la avenida de Torrelodones nº 8, con 2.145 electores.
En este colegio electoral les corresponde votar a los electores de la sección 3. - Colegio Público El Encinar Situado en la C/ Ribadesella nº 21, con 6.555 electores.
En este colegio electoral les corresponde votar a los electores de las secciones 6, 8 y 9.
INFORMACIÓN SOBRE EL VOTO POR CORREO
Los electores también pueden ejercer su derecho al voto solicitando el voto por correo. Para ello se ha establecido el periodo comprendido entre el 4 de abril y el 18 de mayo. Pueden realizarlo tanto de forma telemática como personándose en las oficinas de Correos.
Solicitud de voto por correo telemática
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso, puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o Carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la página Web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.
FACILITAR EL VOTO PARA LOS VECINOS CON MOVILIDAD REDUCIDA
El día de las elecciones, el Ayuntamiento de Torrelodones pone a disposición de todas aquellas personas que lo necesiten un autobús adaptado a personas con movilidad reducida, para que puedan acudir a los respectivos colegios electorales y ejercer su derecho al voto.
Para acceder a este servicio los interesados deberán ponerse en contacto con Protección Civil en el teléfono 91 859 39 71, de lunes a viernes, entre las 07:30 y las 15:00 horas.
Las solicitudes deberán ser formuladas por los interesados en utilizar este servicio con carácter previo y antes de las 14:30 horas del viernes 26 de mayo.
Se realizará un servicio por la mañana y otro por la tarde, siempre que haya demanda. De no ser así, no se asegura que pueda prestarse el mismo.