La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Torrelodones se personó ayer a última hora de la mañana en los juzgados de Villalba con el objetivo de aportar cuanta documentación pueda ser relevante en relación con la denuncia interpuesta por el partido político Confluencia Ciudadana y de la que ha tenido constancia a través de los medios de comunicación al ser filtrado por el partido denunciante.
El supuesto motivo de la denuncia es la existencia de varias máquinas vending puestas a disposición de los usuarios y empleados municipales de la Casa de la Cultura y Polideportivo, y sólo para el personal municipal en Policía Local, desde fechas anteriores al año 2011.
En la denuncia parece acusarse al Ayuntamiento de no haber cobrado por la instalación de dichas máquinas, obviando que es una posibilidad expresamente prevista en la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas (artículo 93.4) que permite no cobrar contraprestación siempre que la utilización o aprovechamiento entrañe condiciones o contraprestaciones para el beneficiario que anulen la utilidad económica, como es el caso. La actual, y se entiende que las anteriores corporaciones y funcionarios municipales a cargo de los servicios, han primado la bajadas del precio para el usuario frente al mínimo canon que podría percibir el Ayuntamiento.
Actualmente se encuentra en fase de licitación el concurso público para la “Instalación de máquinas expendedoras de bebidas”, sin preverse canon alguno para el Ayuntamiento, manteniendo el mismo criterio que hasta ahora ha venido aplicando la actual y las anteriores corporaciones del Ayuntamiento. El pliego ha sido informado favorablemente por los servicios jurídicos y económicos del consistorio que han ratificado la legalidad del criterio aplicado. Sorprendentemente el partido político Confluencia Ciudadana no solo no ha procedido a impugnar los pliegos del concurso por la vía administrativa, sino que ha optado por recurrir a la vía penal pese a conocer los Informes de Secretaría e Intervención, contundentes en el sentido de que la imposición de tasa es voluntaria y que la obtención, como es el caso, de unos precios inferiores a los de mercado, son un beneficio para los trabajadores del Ayuntamiento y los usuarios de las dependencias municipales que justifica la exención de la tasa.
Toda la información del concurso la puede encontrar en el siguiente enlace: https://sede.torrelodones.es/GDCarpetaCiudadano/PerfilContratante.do?action=verPublicacion&identif=3368422682ADCA48