Desde el pasado 1 de octubre la finca del Canto del Pico, en la que se encuentra situado el palacio del mismo nombre, ha sido reconocida por la Comunidad de Madrid como Coto de Caza.
Ello supone que, en los periodos que la ley establece, podrán desarrollarse dentro de sus límites cacerías, con el consiguiente riesgo para aquellas personas que sin estar autorizadas penetren en esta finca.
Al constituir una zona de caza, antes y durante el desarrollo de una cacería, debe señalizarse su celebración, indicando el día en que tendrá lugar y señalando la prohibición expresa de ingresar en la zona durante la celebración de la misma.
Además, el Canto de Pico constituye una propiedad privada, con acceso cerrado y personal de seguridad y vigilancia, por lo que acceder a ella constituye un delito.