¿Quieres conocer las claves del nuevo plan de ahorro energético, y a quién afecta?
El gobierno ha aprobado un primer paquete de medidas que están relacionadas con el uso del aire acondicionado y la calefacción, así como con la iluminación de los escaparates y edificios.
Límites de temperatura en verano e invierno
Se limita a 27º C el uso del aire acondicionado en verano y a 19º C la calefacción en invierno tanto en edificios públicos, como en espacios comerciales, centros culturales y hoteles. En lo relativo a estos últimos, las habitaciones no entran en la regulación.
Quedan exentos de esta medida los centros sanitarios y hospitalarios, los centros de formación (colegios, universidades, guarderías), las peluquerías, lavanderías, gimnasios y los medios de transporte en sí (autobuses, trenes, aviones, barcos), no sus estaciones.
Los bares y restaurantes pueden limitar el uso del aire acondicionado en torno a los 25º grados, así como las zonas comunes de los hoteles, teniendo en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral.
Los edificios y locales con acceso desde la calle deberán disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado, que podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente, con la consiguiente pérdida de energía al exterior.
El alumbrado exterior
El alumbrado de escaparates deberá mantenerse apagado desde las 22:00 horas. Esta disposición también será aplicable a la iluminación de los edificios públicos que a partir de esa hora se encuentren desocupados, pero no aplica a los monumentos, anuncios luminosos, rótulos o cartelería.
Sanciones por incumplimiento
Los que no respeten estas medidas podrán ser multados con base al Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios, que hace referencia a la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.