II Plan Municipal de Infancia y Adolescencia

Martes, 02 Febrero 2021

A fin de renovar su título de “Ciudad Amiga de la Infancia” el Ayuntamiento de Torrelodones multiplicó sus esfuerzos para revalidar este título.

Para ello, en diciembre de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de Torrelodones aprobó el II Plan de Infancia y Adolescencia de Torrelodones 2020-2024 -el cual contiene la planificación estratégica establecida desde todas las áreas municipales para los próximos tres años- declarando la conveniencia de su implantación.

Paralelamente se elaboró el II Informe de Situación de la Infancia y Adolescencia del Ayuntamiento de Torrelodones el cual posee una finalidad diagnóstica-descriptiva del contexto sociodemográfico y de la situación de la infancia en nuestro municipio, así como de los recursos y políticas municipales dirigidas a niños y adolescentes y a sus familias.

Todo ello con el objetivo de “servir para conocer el estado de situación de la infancia y adolescencia, prever los aspectos de mejora necesarios, identificar a los grupos más vulnerables y reforzar los aspectos que funcionan adecuadamente” a fin de seguir garantizando el bienestar y los derechos de los niños y los adolescentes, sobre la base de que la administración municipal tiene un papel y responsabilidad específico en esta tarea

Fruto de estas y otras muchas iniciativas Torrelodones logró, el pasado mes de junio, revalidar este galardón. Fue concretamente el día 15 de ese mes cuando la Secretaría Permanente de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia ha decidido renovar el Reconocimiento al Ayuntamiento de Torrelodones como Ciudad Amiga de la Infancia en el marco de la IX Convocatoria de Reconocimientos 2021-2025.

II Informe de Situación de la Infancia y Adolescencia

II Plan Local de Infancia y Adolescencia

Propuestas de los niños

Viernes, 10 Agosto 2018

Encuentro de los niños con Tonucci

PROPUESTAS 2015

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PROPUESTAS 2014

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Torrelodones, Ciudad Amiga de la Infancia

Martes, 18 Octubre 2016

renovacion ciudad amiga infanciaEn la reunión celebrada el 15 de junio de 2021 la Secretaría Permanente de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia ha decidido renovar el Reconocimiento al Ayuntamiento de Torrelodones como Ciudad Amiga de la Infancia en el marco de la IX Convocatoria de Reconocimientos 2021-2025.

Tanto UNICEF España como los miembros integrantes de la Secretaría Permanente de Ciudades Amigas de la Infancia han hecho llegar a nuestro Ayuntamiento su más cordial enhorabuena por la Renovación de este Reconocimiento y por estar en primera línea respondiendo a las necesidades de los ciudadanos, sin dejar atrás a los niños en este año tan difícil.

Durante los cuatro años de vigencia de este Reconocimiento, todos y cada uno de las 73 nuevas entidades locales reconocidas, y los 72 que renuevan, que se suman a las 197 que tienen el reconocimiento vigente, tienen el compromiso de continuar con las acciones que han recogido en sus Planes Locales de Infancia, de consolidar los espacios de participación infantil y adolescente, y de obtener resultados tangibles y medibles que mejoren el bienestar de la infancia que vive en su localidad.

Este Reconocimiento pone en valor la labor de los Gobiernos Locales, en alianza con otros actores, y en especial con sus destinatarios, los niños, para proteger y garantizar el cumplimiento de sus derechos y liderar un proceso continuo de implementación de políticas, en cualquier circunstancia, que tienen un impacto tangible en su bienestar.

Ser parte de la red de Ciudades Amigas de la Infancia implica compartir una misma visión: que todo niño y adolescente pueda desarrollarse plenamente en sus ciudades y comunidades, porque el progreso de la infancia es el progreso de todos.

La Secretaría Permanente de la Iniciativa Ciudades Amigas de la Infancia está conformada por representantes del ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), el Instituto Universitario de “Necesidades y Derechos de la Infancia y la Adolescencia” (IUNDIA) y UNICEF España.

Para acceder al acta de esta reunión y a otros datos de interés relativos a estos reconocimientos aquí.

 

II Plan de Infancia

Con el objetivo de revalidar este título en diciembre de 2020 el Pleno del Ayuntamiento de Torrelodones aprobó el II Plan de Infancia y Adolescencia de Torrelodones 2020-2024 -el cual contiene la planificación estratégica establecida desde todas las áreas municipales para los próximos tres años- declarando la conveniencia de su implantación. En este mismo Pleno se acordó remitir la documentación del Plan a la IX Convocatoria del Sello de Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia convocado por Unicef.

Igualmente elaboró el II Informe de Situación de la Infancia y Adolescencia del Ayuntamiento de Torrelodones el cual poseía una finalidad diagnóstica-descriptiva del contexto sociodemográfico y de la situación de la infancia en nuestro municipio, así como de los recursos y políticas municipales dirigidas a niños y adolescentes y a sus familias.

Más información sobre el II Plan Municipal de Infancia y Adolescencia.

 

Una larga historia

VIsita UnicefFue el jueves 13 de octubre de 2016 cuando, en el marco de la VII Convocatoria del Sello de Reconocimiento Ciudades Amigas de la Infancia y VIII Certamen de Buenas Prácticas, 2016-2020, la Secretaría Permanente de CAI decidió conceder a Torrelodones sello de Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia.

Los reconocimientos CAI y de Buenas Prácticas se conceden cada dos años tras un proceso de evaluación a los municipios e instituciones que se presentan a la convocatoria del Programa. De esta forma se analiza que las líneas de actuación de la política pública diseñada en relación a la infancia y la adolescencia se ajusten a los requisitos exigidos.

Este proceso conlleva la visita de una comisión evaluadora de UNICEF que en el caso de Torrelodones la llevaron a cabo el 29 de septiembre 2016 para conocer de primera mano las experiencias desarrolladas en materia de participación infantil y derechos de la infancia. Ver galería de fotos.

VIsita UnicefEl Ayuntamiento de Torrelodones llevaba trabajando desde el año 2011, coordinando entre las diferentes concejalías, las estrategias necesarias para situar a los niños, niñas y adolescentes como prioridad de las políticas públicas.

Toda esta labor, desarrollada durante estos 5 años, quedó plasmada en el I Plan Integral de Infancia y Adolescencia de Torrelodones (aprobado por el pleno municipal el 14 de junio de 2016) y se orientó al conjunto de personas menores de 18 años, de acuerdo con el artículo 12 de la Constitución Española y el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

El Plan constaba de 4 documentos de acción: Memoria de actividades a favor de la infancia y la adolescencia. Diagnósticos de necesidades de la infancia y adolescencia. Informe de situación de la infancia y adolescencia y el Plan Municipal de Infancia y Adolescencia.

Ver el acta de resolución haciendo clic aquí.
Ver el informe de evaluación haciendo clic aquí.

Reconocimiento a la labor bien hecha

VIsita UnicefAl mes siguiente de que la VII Convocatoria del Sello de Reconocimiento Ciudades Amigas de la Infancia y VIII Certamen de Buenas Prácticas 2016-2020 concediese a Torrelodones el sello de Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia, Elena Biurrun, alcaldesa de nuestro municipio en aquella fecha, recogería el 15 de noviembre en Santander este galardón.

El martes 15 de noviembre la alcaldesa de Torrelodones, Elena Biurrun, recogió en Santander el sello de Reconocimiento Ciudad Amiga de la Infancia que otorga UNICEF.

En este acto, junto con otros 53 municipios españoles más, que se sumaban a los 170 ya existentes, se reconoció a Torrelodones su labor de promoción e implementación de políticas municipales a favor de los derechos de los niños en toda España.

Ver galería de fotos en Flickr.

 

Programa Ciudades Amigas de la Infancia

Logo Ciudades Amigas de la InfanciaEl Programa Ciudades Amigas de la Infancia (CAI) impulsado por UNICEF Comité Español, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y el Instituto Universitario de Necesidades y Derechos de la Infancia y la Adolescencia (IUNDIA), pretende impulsar y promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en el ámbito local, promocionar la participación de los niños, niñas y adolescentes en todos los temas que les afectan, y fomentar el trabajo en red entre los distintos municipios que forman parte de esta iniciativa. El objetivo es que se diseñen e implementen políticas públicas eficaces para mejorar el bienestar de los niños, defendiendo sus derechos, fomentando su participación y haciendo de las ciudades entornos más habitables, especialmente para los más jóvenes. www.ciudadesamigas.org

 

Ilustración CAI: ©UNICEF Comité Español/DíazdelCampoM-Papanautas
Foto Reconocimiento.CAI: ©UNICEF Comité Español/2015

I Plan Municipal de Infancia y Adolescencia

Jueves, 28 Enero 2021

El Pleno del Ayuntamiento de Torrelodones en su sesión plenaria del 14 de junio de 2016 (Ver vídeo), aprobó manifestar la conformidad a la aprobación del I Plan Local de Infancia y Adolescencia de Torrelodones y declarar la conveniencia de su implantación y remitir la documentación del Plan a la VII Convocatoria CAI de Ciudades Amigas de la Infancia de Unicef.

Aprobar el I Plan de Infancia fue paso importante, pero sin duda el gran reto está aún por llegar: conseguir una participación real de la infancia más allá de los actos institucionalizados, y conseguir que sus padres y madres entiendan lo importante que son sus opiniones en nuestra agenda diaria.

Primero era necesario aflorar el trabajo que se realizaba desde las diferentes concejalías: lo que no se conoce no existe, y por ello, de la mano de un equipo multidisciplinar formado por personal de cultura, deportes, educación, movilidad, medio ambiente, protección civil, seguridad, juventud, servicios sociales y alcaldía, nos pusimos manos a la obra.

Había que formalizar el trabajo y lograr un compromiso político que colocara a nuestras niñas y niños y adolescentes en la agenda pública, no como meros espectadores, sino como parte activa y protagonista del día a día de Torrelodones. Teníamos claro que es fundamental que aprendan a querer su pueblo y a implicarse en su día a día y en su futuro, que se sientan escuchados, y sobre todo, que se sientan protagonistas de su municipio.

Teniendo claro el objetivo, y una vez coordinado el trabajo técnico, tocaba dar paso a los protagonistas: los niños y las niñas de Torrelodones. Atendiendo al artículo 12 de la Convención de los derechos de los niños.

Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio y el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afectan, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez.

Unos años después, resulta alentador comprobar cómo proponen, consultan y critican con total transparencia, sin tapujos ni miramientos y con una actitud positiva y propositiva. Debemos primero conocer como opinan y sienten los niños y después adaptar la transformación de Torrelodones a las necesidades infantiles, que son tan ambiciosas que requieren del compromiso de todos para llevarlas a cabo.

Se ha trabajado en siete áreas de trabajo que se ha considerado fundamentales para fomentar la evolución armónica de niños, niñas y adolescentes: Familia, Educación, Salud, Ocio, cultura y deporte, Urbanismo y Medio Ambiente, Seguridad, Participación, Comunicación y Sensibilización.

En octubre de 2016, en el marco de la VII Convocatoria de Ciudades Amigas de la Infancia, el Comité Español de UNICEF concedió a Torrelodones el Reconocimiento de Ciudad Amiga de la Infancia, un reconocimiento que debe ser renovado de forma periódica.

 

El I Plan Local de la infancia y adolescencia de Torrelodones consta de 4 documentos:
1
Memoria de actividades a favor de la Infancia y la Adolescencia

Documento que recoge las actuaciones a favor de la infancia y adolescencia realizadas en el municipio entre el 2013 y 2015).

Descargar Documento (2.8 Mb)

2
Diagnóstico de necesidades de la infancia y adolescencia

Resultado de la implicación y el compromiso de políticos/as y trabajadores/as municipales, así como de los menores, adultos y centros escolares del municipio que han participado en la tarea común de obtener la mejor de las fotografías de cómo vive la Infancia y la Adolescencia en Torrelodones y hacia dónde queremos ir.

Se trata de un documento basado en un estudio sociológico cuantitativo. Para este estudio se ha considerado como universo el total de adultos y menores empadronados en Torrelodones en septiembre de 2014 (5.811 y 17.549 respectivamente). Se diseñaron y utilizaron dos cuestionarios autoadministrados, uno para alumnos de Educación Primaria y Secundaria de los Centros Educativos públicos y concertados del municipio, y otro dirigido a sus progenitores, favoreciendo así que las opiniones recogidas procediesen de personas cualificadas para opinar de la situación y necesidades de la infancia en Torrelodones, teniendo en cuenta su vinculación con este colectivo.

Se respondieron un total de 1.831 cuestionarios, 527 de población adulta y 1.287 de menores de educación primaria y secundaria.

Descargar cuestionario adultos - Descargar cuestionario menores

Descargar Documento (8.2 Mb)

3
Informe de situación de la Infancia y Adolescencia

Documento que contiene tres apartados, uno descriptivo, otro valorativo y las conclusiones principales. En la parte descriptiva se explica de forma cualitativa (qué sucede) y cuantitativa (en qué medida) en la realidad del municipio de Torrelodones.

La segunda parte (la valorativa) incluye la valoración de la realidad del municipio conforme a las expectativas, deseos y valores de las entidades y personas implicadas.

La tercera parte, son las conclusiones, que ofrece una síntesis de la situación a nivel global municipal y los retos y objetivos a medio plazo a abordar por el municipio para mejorar el bienestar y la calidad de vida de la infancia y adolescencia.

Descargar Documento (3.3 Mb)

4
Plan Municipal de Infancia y Adolescencia

Para ello, fue necesario previamente convocar reuniones con las diferentes concejalías para abordar esencialmente la planificación estratégica de cada área para los 3 años en los que el Plan estará vigente.

Una vez organizados los Objetivos y Actuaciones, se solicitó la participación de una representación de los/as menores escolarizados en el municipio, para la validación y priorización de los objetivos previamente planificados. Para ello, se les entregó una ficha cuestionario sobre la que trabajaron en el aula, dinamizados por sus tutores. Han participado los seis centros educativos de Torrelodones y un total aproximado de 250 alumnos/as.

Con toda la información recogida y tratada, el grupo técnico redactó el borrador completo del plan, basándose en la “Guía para el desarrollo de planes de infancia y adolescencia en los gobiernos locales” de UNICEF y de acuerdo a los resultados obtenidos en las reuniones mantenidas con todos los/as representantes municipales.

Descargar Documento (3.0 Mb)

Puede ver el proceso de participación I Plan Municipal de Infancia y Adolescencia aquí.

Consejo Municipal de Infancia y Adolescencia

Miércoles, 14 Marzo 2018

consejo infancia adolescencia

El 16 de Enero de 2018 el Pleno del Ayuntamiento de Torrelodones aprobó el Reglamento del Consejo Municipal de Infancia y Adolescencia. Este Reglamento nace con el objetivo de regular este órgano de participación infantil y adolescente en todo lo relativo a funciones, composición, organización, reuniones y acuerdos así como del proceso de elección de sus miembros.

Con la creación del Consejo hemos dado el primer paso para establecer un mecanismo de implicación activa de los menores en las políticas municipales, que tiene su origen en la Convención sobre los Derechos de la Infancia, Convención que ha transformado el modo en que se considera y se trata a la Infancia en todo el mundo, pasando a reconocer al niño y la niña como sujeto de derechos. El Consejo será, al tiempo, un órgano de participación y de representación de la infancia y adolescencia.

En el Reglamento, se establecen tres vías principales para poder participar en este Consejo:

  1. En primer lugar, a través de los denominados Foros Escolares de Infancia y Adolescencia, que funcionarán en cada uno de los centros escolares de Torrelodones, y que estarán constituidos por los niños, niñas y adolescentes entre 9 y 17 años. Cada uno de los Foros establecerá, con apoyo de técnicos y profesores, sus propias normas de funcionamiento interno.
  2. En segundo lugar, y fuera del ámbito escolar, a través de cada uno de los grupos infantiles y adolescentes, especialmente clubes deportivos, escuelas o actividades municipales, cuyos participantes podrán incorporarse a alguno de los foros escolares o bien establecer el suyo propio.
  3. Por último, también queda abierta la posibilidad de que cualquier menor interesado en participar en el Consejo que no esté incluido en ninguno de los apartados anteriores, pueda dirigirse directamente para ello al Ayuntamiento.

En todo el proceso de redacción del Reglamento se tuvo en cuenta las propuestas y sugerencias realizadas por la dirección y el equipo docente de cada centro escolar.

Esta iniciativa para favorecer la participación complementa otras ya existentes en Torrelodones como son los Plenos de Infancia y Adolescencia, que celebramos anualmente, o los buzones de infancia y adolescencia, todas ellas con el objetivo común de establecer un canal más donde poder escuchar, comprender y atender a las necesidades, propuestas y opiniones de los niños, niñas y adolescentes en nuestro municipio.

pdf 32x32  Reglamento del Consejo

pdf 32x32  Anuncio BOCM aprobación del reglamento en el pleno

Convención sobre los Derechos del Niño

Martes, 05 Julio 2016

Convención sobre los derechos del niño

La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada como tratado internacional el 20 de noviembre de 1989, fue la primera ley internacional dedicada a l reconocimiento y protección de los derechos de los niños. Al tratarse de una convención, el documento tiene carácter vinculante, y obliga a los Estados Partes a cumplir sus preceptos armonizando sus leyes con las normas incluidas en dicho documento. Actualmente, la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido ratificada por todos los países del mundo, con la única excepción de Estados Unidos. Los últimos países en ratificarla fueron Somalia y Sudán del Sur, ambos en 2015.

A continuación se reproduce el texto de la Convención (que también se puede consultar en la web de UNICEF), compuesto por un preámbulo y un total de 54 artículos:

Preámbulo

Los Estados Partes en la presente Convención, Considerando que, de conformidad con los principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,

Convención sobre los Derechos del NiñoTeniendo presente que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y que han decidido promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, Reconociendo que las Naciones Unidas han proclamado y acordado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los pactos internacionales de derechos humanos, que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ellos, sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,

Recordando que en la Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales, Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad, Reconociendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión,

Convención sobre los Derechos del NiñoConsiderando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad, Teniendo presente que la necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,

Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, "el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento",

Recordando lo dispuesto en la Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la colocación en hogares de guarda, en los planos nacional e internacional; las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing); y la Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado,

Reconociendo que en todos los países del mundo hay niños que viven en condiciones excepcionalmente difíciles y que esos niños necesitan especial consideración, Teniendo debidamente en cuenta la importancia de las tradiciones y los valores culturales de cada pueblo para la protección y el desarrollo armonioso del niño,

Reconociendo la importancia de la cooperación internacional para el mejoramiento de las condiciones de vida de los niños en todos los países, en particular en los países en desarrollo, Han convenido en lo siguiente:

PARTE I

Artículo 1
 
Se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad.
 
Artículo 2
 
Todos los derechos deben ser aplicados a todos los niños, sin excepción alguna, y es obligación del Estado tomar las medidas necesarias para protegerle de toda forma de discriminación.
 
Artículo 3
 
Todas las medidas respecto del niño deben estar basadas en la consideración de su interés superior. Corresponde al Estado asegurar una adecuada protección y cuidado, cuando los padres y madres, u otras personas responsables, no tienen capacidad para hacerlo.
 
Artículo 4
 
Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para dar efectividad a todos los derechos reconocidos en la CDN.
 
Artículo 5
 
Es obligación del Estado respetar las responsabilidades y los derechos de los padres y madres, así como de los familiares, de impartir al niño orientación apropiada a la evolución de sus capacidades.
 
Artículo 6
 
Todo niño tiene derecho a la vida y es obligación del Estado garantizar su supervivencia y desarrollo. 
 
Artículo 7
 
Todo niño tiene derecho a un nombre desde su nacimiento y a una nacionalidad
 
Artículo 8
 
Es obligación del Estado proteger y, si es necesario, restablecer la identidad del niño, si éste hubiera sido privado en parte o en todo de la misma (nombre, nacionalidad y vínculos familiares).
 
Artículo 9
 
Es un derecho del niño vivir con su padre y su madre, excepto en los casos que la separación sea necesaria para su interés superior. Es derecho del niño mantener contacto directo con ambos, si está separado de uno de ellos o de los dos. Corresponde al Estado responsabilizarse de este aspecto, en el caso de que la separación haya sido producida por acción del mismo.
 
Artículo 10
 
Es derecho de los niños y sus padres y madres salir de cualquier país y entrar en el propio, con miras a la reunificación familiar o el mantenimiento de la relación entre unos y otros.
 
Artículo 11
 
Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para luchar contra los traslados ilícitos y la retención ilícita de niños en el extranjero, ya sea por su padre o su madre o por una tercera persona.
 
Artículo 12
 
El niño tiene derecho a expresar su opinión y a que ésta se tenga en cuenta en los asuntos que le afectan.
 
Artículo 13
 
Todo niño tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que ello no menoscabe el derecho de otros.
 
Artículo 14
 
El niño tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión bajo la dirección de su padre y su madre, y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley.
 
Artículo 15
 
Todo niño tiene derecho a la libertad de asociación y de celebrar reuniones, siempre que ello no vaya en contra de los derechos de otros.
 
Artículo 16
 
Todo niño tiene derecho a no ser objeto de injerencias en su vida privada, su familia, su domicilio y su correspondencia, y a no ser atacado en su honor.
 
Artículo 17
 
Los medios de comunicación social desempeñan un papel importante en la difusión de información destinada a los niños, que tenga como fin promover su bienestar moral, el conocimiento y la compresión entre los pueblos y que respete la cultura del niño. Es obligación del Estado tomar medidas de promoción a este respecto y proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar.
 
Artículo 18
 
Es responsabilidad primordial de padres y madres la crianza de los niños y es deber del Estado brindar la asistencia necesaria en el desempeño de sus funciones.
 
Artículo 19
 
Es obligación del Estado proteger a los niños de todas las formas de malos tratos perpetradas por padres, madres o cualquiera otra persona responsable de su cuidado, y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto.
 
Artículo 20
 
Es obligación del Estado proporcionar protección especial a los niños privados de su medio familiar y asegurar que puedan beneficiarse de cuidados que sustituyan la atención familiar o de la colocación en un establecimiento apropiado, teniendo en cuenta el origen cultural del niño.
 
Artículo 21
 
En los Estados que reconocen y/o permiten la adopción, se cuidará de que el interés superior del niño sea la consideración primordial y de que estén reunidas todas las garantías necesarias para asegurar que la adopción sea admisible así como las autorizaciones de las autoridades competentes.
 
Artículo 22
 
Se proporcionará protección especial a los niños considerados refugiados o que soliciten el estatuto de refugiado, y es obligación del Estado cooperar con los organismos competentes para garantizar dicha protección y asistencia.
 
Artículo 23
 
Los niños mental o físicamente impedidos tienen derecho a recibir cuidados, educación y adiestramiento especiales, destinados a lograr su autosuficiencia e integración activa en la sociedad.
 
Artículo 24
 
Los niños tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud y a tener acceso a servicios médicos y de rehabilitación, con especial énfasis en aquéllos relacionados con la atención primaria de salud, cuidados preventivos y disminución de la mortalidad infantil. Es obligación del Estado tomar las medidas necesarias, orientadas a la abolición de las prácticas tradicionales perjudiciales para la salud del niño.
 
Artículo 25
 
El niño que ha sido internado por las autoridades competentes para su atención, protección o tratamiento de salud física o mental, tiene derecho a una evaluación periódica de todas las circunstancias que motivaron su internamiento.
 
Artículo 26
 
Todo niño tiene derecho a beneficiarse de la Seguridad Social.
 
Artículo 27
 
Todo niño tiene derecho a beneficiarse de un nivel de vida adecuado para su desarrollo y es responsabilidad primordial de padres y madres proporcionárselo. Es obligación del Estado adaptar medidas apropiadas para que dicha responsabilidad pueda ser asumida y que lo sea de hecho, si es necesario, mediante el pago de la pensión alimenticia.
 
Artículo 28
 
Todo niño tiene derecho a la educación y es obligación del Estado asegurar por lo menos la educación primaria gratuita y obligatoria. La aplicación de la disciplina escolar deberá respetar la dignidad del niño en cuanto persona humana.
 
Artículo 29
 
El Estado debe reconocer que la educación debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño, a fin de prepararlo para una vida adulta activa, inculcarle el respeto de los derechos humanos elementales y desarrollar su respeto por los valores culturales y nacionales propios y de civilizaciones distintas a la suya.
 
Artículo 30 
 
Es derecho de los niños que pertenecen a minorías o a poblaciones indígenas tener su propia vida cultural, practicar su propia religión y emplear su propio idioma.
 
Artículo 31
 
El niño tiene derecho al esparcimiento, al juego y a participar en las actividades artísticas y culturales.
 
Artículo 32
 
Es obligación del Estado proteger al niño contra el desempeño de cualquier trabajo nocivo para su salud, educación o desarrollo; fijar edades mínimas de admisión al empleo y reglamentar las condiciones del mismo.
 
Artículo 33
 
Es derecho del niño ser protegido del uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y se impedirá que esté involucrado en la producción o distribución de tales sustancias.
 
Artículo 34
 
Es derecho del niño ser protegido de la explotación y abuso sexuales, incluyendo la prostitución y su utilización en prácticas pornográficas.
 
Artículo 35
 
Es obligación del Estado tomar todas las medidas necesarias para prevenir la venta, el tráfico y la trata de niños.
 
Artículo 36
 
Es derecho del niño recibir protección contra todas las otras formas de explotación no consideradas en los artículos 32, 33, 34 y 35.
 
Artículo 37
 
Ningún niño será sometido a la tortura, a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, a la pena capital, a la prisión perpetua y a la detención o encarcelación ilegales o arbitrarias. Todo niño privado de libertad deberá ser tratado con humanidad, estará separado de los adultos, tendrá derecho a mantener contacto con su familia y a tener pronto acceso a la asistencia jurídica u otra asistencia adecuada.
 
Artículo 38
 
El Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados entró en vigor en 2002 y establece que los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de sus fuerzas armadas menores de 18 años participe directamente en hostilidades.
 
Artículo 39
 
Es obligación del Estado tomar las medidas apropiadas para que los niños víctimas de la tortura, de conflictos armados, de abandono, de malos tratos o de explotación reciban un tratamiento apropiado que permita su recuperación y reintegración social
 
Artículo 40
 
Todo niño que sea considerado acusado o declarado culpable de haber infringido las leyes tiene derecho a que se respeten sus derechos fundamentales y, en particular, el derecho a beneficiarse de todas las garantías de un procedimiento equitativo, incluso de disponer de asistencia jurídica o de otra asistencia adecuada en la preparación y presentación de su defensa. 
 
Artículo 41
 
En el caso de que una norma establecida por una ley nacional u otro instrumento internacional vigente en dicho Estado sea más favorable que la disposición análoga de esta Convención, se aplicará dicha norma más favorable.
 
Artículo 42 
 
Los Gobiernos tienen el deber de dar a conocer ampliamente los principios y disposiciones de la Convención, tanto a los adultos como a los niños. 
 
Artículos 43 – 45  
 
Para examinar el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño por parte de los Estados firmantes, se establece el Comité de los Derechos del Niño. En estos artículos se recoge el funcionamiento del Comité de los Derechos del Niño, conformado por 18 expertos de diferentes países que analizan los informes presentados por los Estados sobre los progresos y las medidas tomadas para el cumplimiento de la CDN.
 
Artículo 46 - 54
 
El contenido de los artículos comprendidos desde el artículos 46 hasta el 54 explican cómo los Gobiernos y organizaciones internacionales como UNICEF deben colaborar para el cumplimiento de estos  derechos.

 

 

Archivo PDF Descargar versión completa "Convención sobre los derechos de los niños" (3,41 Mb)

Infancia

Miércoles, 20 Enero 2021

Infancia

Guía actuación ante la Violencia entre niños, niñas y adolescentes

Viernes, 13 Enero 2017
Los Municipios ante la Violencia entre Niños, Niñas y Adolescentes

Guía de buenas prácticas contra la violencia entre niños, niñas y adolescentesEsta guía tiene el objetivo de hacer entender que la violencia entre los niños y adolescentes no es solo un problema de los centros escolares o de las familias.

La violencia entre niños y adolescentes no es un problema escolar o familiar sino relacional pues se basa en el abuso de poder en las relaciones personales y, como tal, tiene lugar en cualquier ámbito de relación.

De ahí que esta violencia no se limite al ámbito escolar y a las familias afectadas sino que se ejerce también en todos los ámbitos de convivencia de los niños y adolescentes: los parques, las calles, las redes sociales…

Se trata de un problema social de la comunidad y, en consecuencia, necesita de acciones coordinadas.

Todas las administraciones, municipal, autonómica y central, tienen una parcela de responsabilidad en la prevención de la violencia entre niños y adolescentes. Son responsabilidades complementarias y cuando una de las administraciones falla en el cumplimiento de sus responsabilidades, las consecuencias recaen sobre las demás.

En ese sentido, la práctica totalidad de los ámbitos de relación entre niños y adolescentes ocurren en los municipios donde viven.

Frente a tal problema los ayuntamientos en general, y el de Torrelodones en particular, deben asumir un rol activo y responsable tanto en la prevención como en la detección de quienes agreden y quienes sufren agresiones, todos menores de 18 años. Solo con una intervención coordinada de los agentes sociales, desde el trabajo en red, se puede actuar ante la violencia entre niños, niñas y adolescentes en todas sus formas y ámbitos.

Como detalle entre las prácticas analizadas como favorables para paliar o reducir el riesgo, está: Diseño de espacios seguros de convivencia para los niños, niñas y adolescentes en los municipios (página 27), incluyendo los Caminos Escolares de Torrelodones (Pedibus).

De ahí esta guía, la cual brindar herramientas a los municipios para abordar esta problemática de forma eficaz.

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pdf 32x32  Descargar la "Guía de buenas prácticas contra la violencia entre niños, niñas y adolescentes"

 

Teléfono contra el acoso escolar: 900 018 018

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte puso en marcha un número de teléfono destinado a las víctimas de acoso escolar. Se trata del número 900 018 018, que está operativo desde el 1 de noviembre de 2016 y se convertirá en una herramienta indispensable en la lucha contra el acoso escolar. El servicio se prestará durante 24 horas, los 7 días a la semana, y todos los días del año. La llamada será gratuita, y no aparecerá en la factura del teléfono desde el que se haga la llamada. Más información

Proceso de participación I Plan Municipal de Infancia y Adolescencia

Martes, 21 Junio 2016

Para ello, fue necesario previamente convocar reuniones con las diferentes concejalías para abordar esencialmente la planificación estratégica de cada área para los 3 años en los que el Plan estará vigente.

Una vez organizados los Objetivos y Actuaciones, se solicitó la participación de una representación de los/as menores escolarizados en el municipio, para la validación y priorización de los objetivos previamente planificados. Para ello, se les entregó una ficha cuestionario sobre la que trabajaron en el aula, dinamizados por sus tutores. Han participado los seis centros educativos de Torrelodones y un total aproximado de 250 alumnos/as.

Descargar "Carta enviada a los centros escolares de Torrelodones

 

Cuestionarios enviados

 

Resultados de los cuestionarios en los centros educativos encuestados

Objetivos de mejora (Priorización) San Ignacio de Loyola CEIPSO El Encinar CEIP Lourdes CEIP Los Ángeles Colegio Peñalar IES Diego Velazquez
Área Educación
2º ESO
1ºA
1ºBACH
4ºESO
Potenciar la participación infantil y juvenil 1 1 1 2 1 2
Promover el conocimiento de la ciudad y sus recursos en la infancia y adolescencia 2 3 3 3 2 3
Apoyar puntualmente la inversión en infraestructuras escolares 3 2 2 1 3 1
 
Área Deportes
2º ESO
1ºB
1ºBACH
4ºESO
Adecuar e incrementar el número de instalaciones deportivas existentes en el municipio para los/as menores   1 1 1 2 4
Impulsar y mejorar la oferta deportiva a menores y adecuar las instalaciones, para que se favorezca el desarrollo de la infancia y adolescencia y se facilite la conciliación familiar 1 2 3 3 1 2
Potenciar la práctica deportiva de la infancia y adolescencia promoviendo su participación individual y en equipo 1 3 2 2 3 3
Fomentar los aspectos lúdicos y hábitos saludables del deporte, resaltando los valores de la práctica deportiva: superación, esfuerzo o integración 2 5 6 4 5 1
Continuar con la formación específica del profesorado de educación física y deportiva para niños y adolescentes 3 6 4 6 4 5
Mejorar los canales de participación de la infancia (consultas, plenos escolares, encuestas etc) y ampliar el conocimiento de la situación de los menores de Torrelodones respecto al área de deportes   4 5 5 6 6
 
Área Cultura
 2º ESO
 ?
 5º
 6º
 1ºBACH
 4ºESO
Potenciar la ampliación, equipamiento y oferta de los espacios culturales para los/as menores     3 3 3 1
Favorecer e impulsar una oferta cultural que enriquezca el desarrollo de la infancia y adolescencia 1   1 1 1 3
Acercar la oferta cultural a la infancia y adolescencia 2   2 2 2 2
 
Área Juventud
 2º ESO
 2ºA
 6º
 6º
 1ºBACH
 4ºESO
Adecuar e incrementar el número de instalaciones deportivas existentes en el municipio para los/as menores   1 1 1 2 4
Impulsar y mejorar la oferta deportiva a menores y adecuar las instalaciones, para que se favorezca el desarrollo de la infancia y adolescencia y se facilite la conciliación familiar 1 2 3 3 1 2
Potenciar la práctica deportiva de la infancia y adolescencia promoviendo su participación individual y en equipo 1 3 2 2 3 3
Fomentar los aspectos lúdicos y hábitos saludables del deporte, resaltando los valores de la práctica deportiva: superación, esfuerzo o integración 2 5 6 4 5 1
Continuar con la formación específica del profesorado de educación física y deportiva para niños y adolescentes 3 6 4 6 4 5
Mejorar los canales de participación de la infancia (consultas, plenos escolares, encuestas etc) y ampliar el conocimiento de la situación de los menores de Torrelodones respecto al área de deportes   4 5 5 6 6
 
Área Medio Ambiente
 2º ESO
 2ºB
 6º
 6º
 1ºBACH
 4ºESO
Potenciar la formación y sensibilización de los/as menores con el medio ambiente 3 4 1 2 4 3
Sensibilizar de los menores en relación al cambio climático 2 5 2 3 5 5
Promover la utilización cívica de los espacios públicos más frecuentados y utilizados por menores y realizar el mantenimiento y la conservación de sus equipamientos e instalaciones. (En común con Depto. De Movilidad) 3 3 4 4 1 1
Ampliar zonas de juego y mantener las existentes en perfecto estado de seguridad. 1 2 5 1 2 2
Potenciar comportamientos a favor del reciclado de residuos por parte de los/as menores 2 1 3 5 3 4
 
Área Movilidad
 2º ESO
 1ºB
 6º
 6º
 1ºBACH
 4ºESO
Mejorar el diseño, instalaciones y equipamientos de los espacios públicos para favorecer la autonomía de los/as menores 2 2 2 3 1 2
Continuar con el proceso de acondicionamiento mejora de los accesos y entornos de los lugares más frecuentados por menores 1 1 3 1 2 1
Potenciar el conocimiento de los espacios y recursos municipales por parte de los/as menores a través de la elaboración de la documentación técnica adecuada. (En colaboración con la Concejalía de Educación) 1 3 1 2 3 3
 
Área Policía Local
 2º ESO
 ?
 5º
 6º
 1ºBACH
 4ºESO
Continuar y mejorar la función principal de llevar a cabo la protección a los/as menores en situación de desamparo 2 1 3 1 1 1
Intervenir y sensibilizar a la población global para conseguir una autonomía infantil efectiva 1 2 1 2 2 2
Mejorar la imagen, difusión y comunicación del trabajo de la Policía Local 3 3 2 3 3 3
 
Área Protección Civil
 2º ESO
 ?
 5º
 6º
 1ºBACH
 4ºESO
Continuar e incrementar la formación en autoprotección y prevención a la infancia 1 1 1 1 1 1
Mejorar la difusión y comunicación del trabajo del servicio de Protección Civil   2 2 2 2 2

 

Descargar "Resultados finales de la encuesta del Plan de Infancia" (36 Kb)

Con toda la información recogida y tratada, el grupo técnico redactó el borrador completo del plan, basándose en la “Guía para el desarrollo de planes de infancia y adolescencia en los gobiernos locales” de UNICEF y de acuerdo a los resultados obtenidos en las reuniones mantenidas con todos los/as representantes municipales.

Descargar "I Plan municipal de Infancia y Adolescencia" (3.0 Mb)

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